Siempre
es más fácil decir que hacer, por ello, cuando nos volvemos a la
histórica reflexión de Fidel de cambiar todo lo que deba ser
cambiado, no pocos parecen encasquillarse unos por abulia y otros por
desconfianza de enfrentar lo nuevo. En el todo de lo que deba ser
cambiado se incluye cambiar la retorica por la acción. El escamoteo
oportunista por la realidad publica. La democracia participativa por
el abuso de poder. La transparencia administrativa npor la manipulación
informativa.
Una
de las piedras angulares del edificio que levantamos entre todos
transita por los procesos de transparencia pública como vía a la
formación ciudadana, responsable y necesariamente participativa para
conocer sus derechos y obligaciones y hacerla colaborar en el fomento
a la integridad administrativa y combate a la corrupción.
No
poca correspondencia que recibimos en nuestra redacción aborda en
quejas y señalamientos a la burocracia, estafas al consumidor,
respuestas ambiguas, escamoteo de la verdad, favoritismo y
ocultamiento de productos, en fin, males de una corrupción que
alcanza bien se sabe, hasta las carretillas saludables de verduleros
inmunes.
Para
Cuba es tan necesaria esta transparencia que al menos doce de los 229
artículos con los que cuenta la Constitución de la República de
Cuba abordan el tema de una u otra manera, comenzando por el Articulo
10´:”Los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y
empleados están obligados a respetar, atender y dar respuesta al
pueblo, mantener estrechos vínculos con este y someterse a su
control, en las formas establecidas en la Constitución y las leyes”.
Es
la obligación de los órganos del Estado de poner a disposición de
todos sus gobernados la información que muestre la estructura y el
funcionamiento de cada órgano gubernamental a partir de su actuación
en el ejercicio de sus atribuciones. Tiene por objeto producir un
ambiente de confianza, seguridad y veracidad entre el gobierno y la
sociedad, de tal manera que los ciudadanos estén informados y
conozcan las responsabilidades, procedimientos, reglas, normas y
demás información generada por el sector público en un marco de
abierta participación social y carácter público, no por gusto el
Articulo 61 señala que: ¨”Las personas tienen derecho a dirigir
quejas y peticiones a las autoridades , las que están obligadas a
tramitarlas y darlas respuestas oportunas, pertinentes y
fundamentadas en el plazo y el procedimiento establecido en la
ley¨”.
Pero
además, los seis incisos del Artículo 200 bajo el titulo de
Garantía a los Derechos de Petición y Participación Poder Popular
estableen análisis y garantías para la participación ciudadana en
sus reclamos por la transparencia administrativa. O sea, que la
Constitución coloca en manos de la población herramientas de
acción de obligatorio cumplimiento por parte de las
administraciones gubernamentales en todos sus niveles. Y es allí
donde se encuentra una arista de cambiar lo que debe ser cambiado.
Problemas
como el abuso del poder, influyentismo, amiguismo, nepotismo,
malversación de fondos públicos, desvío de los mismos o uso
inadecuado de ellos, son dificultades que se resuelven con la
transparencia, además de ser un freno a cualquier tipo de exceso del
funcionario en todo gobierno.
Existe
sin embargo escasa cultura sobre este tema en la población, e
incluso muchos desconocen que la falta de publicidad gubernamental,
inconformidad con las respuestas o sospechas de interferencia puede
ser llevado a los tribunales a través de los departamentos de
atención y queja de los ciudadanos de la Fiscalía, por q1uienes que
se sientan afectados o defraudado en alguna forma.
Necesitamos
y vamos a la transparencia administrativa, y marchamos a su ejercicio
sin cristales oscuros no nevados de por medio. Es preciso llegar a la
conciencia de que cualquier
actividad que busque la mejora continua y la eficiencia de los
recursos debe establecer
indicadores de medición,
éste es el principio rector de la transparencia.
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