martes, 18 de junio de 2019

La Ley que falta a nuestro Código Penal.

Sin dilatarlo por mas tiempo, a Cuba le hace falta incorporar al Código Penal la aprobación de la Ley de Bienestar Animal  como forma de proteger a los animales desamparados que deambulan por las calles y encuentran refugio en cualquier rincón de la ciudad, sin olvidar medidas jurídicas contra quienes maltratan a los caballos empleados en el transporte de pasajeros.
Como a largo plazo el maltrato animal pudiera asumirse como un delito en el Código Penal por su repercusión social, hoy se necesita la aprobación de la Ley de Bienestar Animal. En realidad no será la primera vez que se aborda este tema pero en Cuba existe un vacío legislativo respecto a la protección de los animales frente al maltrato,
Entre los esfuerzos más significativos desarrollados internacionalmente para este fin está la Declaración Universal sobre Bienestar Animal, realizada ante la UNESCO , una propuesta de acuerdo intergubernamental para reconocerlos como seres capaces de sentir y sufrir, con necesidades de bienestar que deben ser respetadas y eliminar la crueldad hacia ellos, animando a los gobiernos a crear y mejorar las iniciativas y legislaciones de protección. Existen ya varias naciones con legislación sobre el tema dentro de su ordenamiento jurídico, entre estas no pocas de América latina como Argentina, Venezuela, Chile, Nicaragua, México, Costa Rica, Colombia, Ecuador y Uruguay, y entonces Cuba, con su desarrollo constitucional, porque no?
 
Se sabe que por años nuestro país ha trabajado en un proyecto de ley para sentar las bases del bienestar animal, pero hasta hoy nada se ha materializado a pesar de que la conducta violenta contra los animales puede influir en la formación de la personalidad de los niños. De ahí la relevancia que adquiere inculcar el afecto hacia todas las especies desde edades tempranas.
A diferencia de los agresores, muchas personas consideran su mascota como un miembro más en el hogar, con un papel importante en la compañía. Incluso frente a las dificultades económicas, se esfuerzan por asegurar su calidad de vida: desde una alimentación balanceada hasta el cumplimiento de los ciclos de vacunación. Sin embargo, resulta difícil hablar de bienestar animal cuando escasean los centros veterinarios y en ellos pocos poseen los requisitos indispensables para prestar servicios y carencia de medicamentos básicos.
Muchos de los perros y gatos abandonados son portadores de la escabiosis o sarna, que pueden transmitir a las personas. Dichos animales, junto a los caballos de tiro, son las principales víctimas de los maltratos, desconsideración y desidia del hombre. Estos últimos son empleados en jornadas excesivas de trabajo y reciben toda clase de golpes y, en ocasiones, se les niega la atención médica rutinaria.
Hasta hoy no hay una ley que regule el buen trato de los dueños hacia los animales: ni multas, decomisos o penalizaciones. Quizás, apelando a la conciencia, demos alerta a algún propietario. 
 Por otra parte en las reservas de parques nacionales y áreas protegidas bajo la tutela del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) y la Empresa Nacional para la Protección de la Flora y la Fauna, a cargo de su manejo y administración, tienen la responsabilidad de mantener atención sobre especies silvestre de nuestra fauna . A ello se suma la existencia de la Resolución 160 de 2011 del CITMA, instrumento legal , que establece regulaciones dirigidas a su control y protección por su significación para la diversidad biológica en Cuba.
No obstante, la aprobación de la ley que nos falta deberá estar acompañada de una labor educativa y mayor sensibilidad de los ciudadanos. A fin de cuentas, los animales forman parte del entorno y, sin ellos nos faltaría no solo apoyo sino amigos leales
 «La grandeza de una nación y su progreso moral pueden ser juzgados por la forma en que son tratados sus animales».
Mahatma Gandh

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