A
pesar del conocimiento que podamos tener sobre el sistema
constitucional, no siempre el Derecho Civil jurídico es tema de completo
conocimiento público. En lo preciso se
denomina Derecho Civil al sistema de principios y normas que regula
las relaciones y vínculos jurídicos que establecen entre sí los
ciudadanos en sus vidas privadas.

Debemos
de tener en cuentas que la finalidad del Derecho Civil es
resarcitoria, es decir, que tiende a colocar la situación en el
estado anterior al hecho que motivó el perjuicio, y en ningún caso
a castigar penalmente a quien lo provocó ya que de esto se encarga
el Derecho Penal.
Las
relaciones de vecindad, los contratos civiles, los temas relativos a
los derechos reales, las cuestiones de familia, la capacidad personal
y sus atributos y las sucesiones, integran el contenido del Derecho
Civil, cuyas normas son sistemáticas ordenadas en Códigos Civiles.
En
su conjunto el Derecho Civil está representado por un grupo de
normas jurídicas encargadas de regular las relaciones entre las
personas o de tipo patrimonial. Según este concepto cada persona es
un individuo con derechos, por lo que los derechos civiles se
encargan de vincular los derechos con los individuos. El Derecho
Civil es el principal encargado de regular las relaciones de los
individuos con sus semejantes y con el Estado.
En
su conjunto el Derecho Civil consta de diferentes capítulos y normas
que lo definen como tal por ejemplo, regular desde el inicio al fin a
las personas naturales, su capacidad jurídica, la nacionalidad de
los individuos, la administración de bienes de seres
incapacitados,
los elementos que determinan que un individuo sea así y no de otra
manera, las relaciones jurídicas con los demás (estado civil,
domicilio, etc.). es decir, vela por los intereses y derechos de cada
ser humano, se suman entre otros, el derecho de las obligaciones y
contratos, que sirven para controlar los actos y negocios jurídicos
y las consecuencias que vienen vinculadas, el derecho de
responsabilidad civil, de familia, y de sucesiones.
El
Derecho Civil puede ser comprendido bajo diferentes miradas, privado,
que es considerado como el conjunto de normas que controlan las
relaciones que tienen las personas entre sí y público que es quien
relaciona las personas con el poder del Estado y los poderes
públicos.
La
Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad es un instrumento internacional de derechos humanos de
las Naciones Unidas, destinadas a proteger los derechos y la dignidad
de las personas con discapacidad con la obligación de promover,
proteger y garantizar el pleno disfrute de los derechos humanos de
las personas con discapacidad y garantizar que gocen de igualdad ante
la ley.
Las
personas con discapacidad incluyen a aquellas que ante las leyes
presenten deficiencias físicas, mentales, intelectuales o
sensoriales a largo plazo, quienes al interactuar con diversas
barreras, puedan impedir su participación efectiva en la sociedad,
en igualdad de condiciones con las demás.
El
Derecho Civil cubano se desarrolla bajo los principios de fortalecer
el
poder político de los trabajadores encabezados por la clase obrera,
la protección de la Sociedad Socialista, el desarrollo planificado
de la economía y la distribución de los medios de consumo de
acuerdo a la labor efectuada.
También
el Derecho Civil cubano prevé la igualdad total de derecho de los
ciudadanos y
en
particular de la mujer y el hombre,la garantía real y completa de
los derechos
individuales
de los ciudadanos, la indisoluble relación de los derechos
inmutables de
los
ciudadanos con los derechos de la sociedad a fin de promover y
consolidar la
observación
de la legalidad socialista que aparece consagrada en la constitución
y código
de
los estados
Sin
dudas que el Código Civil cubano, uno de los más importantes retos
de nuestro Sistema de Derecho y de hecho se encamina a lograr un
ideal muy encomiable, el de ser asequible y fácil de entender a sus
destinatarios. Por lo que su lenguaje, sin negar el tecnicismo propio
de estos cuerpos legales, es diáfano, no utiliza rodeos inútiles.
A
la vez es capaz de vincular armónicamente los principios
socio-económicos y políticos de cada una de las instituciones que
regula, incorporando nuevas instituciones jurídicas y suprimiendo
aquellas que resultaban inaplicables y escoge las más recientes
contribuciones de la doctrina jurídica socialista para garantizar y
salvaguardar los intereses de las personas en sus relaciones
jurídicas, fortalecer el sistema jurídico y económico y estimular
la ayuda mutua entre los miembros de la sociedad reflejando la moral
inherente a los intereses de la clase obrera.
Se
inspira en la realidad nacional y en la práctica social de la
Revolución y se aparta de los postulados individualistas que habían
caracterizado al Derecho Civil anterior, cada vez más incompatible
con el régime
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